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Amparo penal: si tu familiar fue sentenciado, su caso todavía puede revisarse

Si la apelación confirmó la condena, el amparo directo lleva el juicio completo ante un tribunal federal, hasta 8 años después si la sentencia impone prisión. Un abogado penalista con maestrías en juicios orales y amparo lee las sentencias y te dice con franqueza si hay base, desde cualquier estado del país.

  • Para familias de personas sentenciadas
  • Urgencias por WhatsApp a cualquier hora
  • Precio accesible y justo
Juicio1ª instanciaApelaciónTribunal de alzadaAmparoJusticia federal
3díaspara apelar un auto, como la vinculación a procesoCNPP art. 471
10díaspara apelar sentencia de juicio oralCNPP art. 471
15díaspara promover amparo (regla general)Ley de Amparo art. 17
8añosamparo directo contra sentencia condenatoria con prisiónLey de Amparo art. 17, fr. II

Días hábiles. Los plazos corren desde que surte efectos la notificación.

Amparo directo · Nuestro servicio principal

Una condena confirmada no es el final

Si la condena se confirmó en apelación, el amparo directo lleva el juicio completo ante un Tribunal Colegiado federal. Contra una sentencia que impone prisión puede promoverse hasta 8 años después, y la persona sentenciada puede plantear violaciones que nadie reclamó en el juicio. Pero es una sola oportunidad: lo que no se plantea en la demanda ya no puede hacerse valer después.

¿Eres familiar y no sabes en qué punto está el caso? Empieza aquí.

Hasta 8 añosContra sentencia condenatoria con prisión (art. 17, fr. II)
Juicio completoViolaciones del procedimiento y de fondo (arts. 170 y 173)
Lo no reclamadoEl sentenciado puede alegarlo aunque no se impugnó en el juicio (art. 171)
Una sola vezTodas las violaciones van en la misma demanda (art. 174)
Todo el país

Desde cualquier estado, sin cambiar de abogado

El amparo puede presentarse en línea con firma electrónica o por escrito ante el Juez de Distrito del lugar donde se ejecuta el acto. Nosotros elaboramos el recurso a distancia y coordinamos contigo la firma y la presentación.

  1. Nos escribes

    Por WhatsApp, con la resolución o lo que sepas del acto, la ciudad y la fecha.

  2. Revisamos y cotizamos

    Te decimos si procede amparo o apelación, qué esperar de la suspensión y el precio.

  3. Elaboramos y presentas

    Demanda o recurso listo para firma, presentado en tiempo ante el órgano competente.

¿Estás en Tabasco? Amparo penal en Tabasco y oficina en Villahermosa. Más: cuánto cuesta · cuánto dura · cómo se tramita.

El problema

Una resolución en contra no es el final del camino

Muchos casos se pierden en primera instancia por errores técnicos, pruebas mal valoradas o violaciones al debido proceso. La ley prevé instancias superiores justo para revisar eso. El problema casi nunca es que no existan: es que los plazos son cortos y nadie los explica.

Plazos fatales

Si pasan 3 días para apelar un auto o 10 para una sentencia de juicio oral, la apelación se pierde. Por eso lo primero es contar los días.

Revisión técnica real

Se revisa el video, la resolución y el expediente para localizar errores concretos: pruebas ilícitas, falta de motivación, atipicidad, violaciones de derechos.

Última oportunidad ordinaria

Tras la apelación sigue el amparo directo ante la justicia federal: muchas personas nunca lo intentan, a pesar de que la ley prevé hasta 8 años para condenatorias con prisión.

Diagnóstico gratis · 1 minuto

Dinos qué te notificaron y te decimos qué ruta y qué plazo aplican

Responde las preguntas y envíalas por WhatsApp: hay urgencia por atenderte y por elaborar y presentar tu recurso.

¿Quién eres en este caso?

¿Qué quieres combatir?

¿Cuándo te notificaron o te enteraste?

¿Tienes la resolución o el video de la audiencia?

Cómo trabajamos

Del primer mensaje al recurso presentado

  1. Escríbenos

    Envía la resolución, la fecha de notificación y el número de causa. Con eso calculamos tu plazo.

  2. Auditoría del caso

    Revisamos videos y resolución, identificamos errores y te explicamos la ruta, los riesgos y la cotización.

  3. Elaboramos tu recurso

    Redactamos agravios o conceptos de violación. El recurso lo firma la persona interesada (imputado o víctima): lo coordinamos contigo para presentarlo en tiempo.

Plazos de un vistazo

El tiempo es la variable que más pesa

Compara los plazos más comunes. Días hábiles, contados desde que surte efectos la notificación.

Ver tabla completa de plazos

Tu abogado

Experiencia penalista, enfocada en impugnar

Abogado penalista con maestrías en juicios orales y amparo, enfocado en recursos de impugnación: apelación y amparo en materia penal. Ese enfoque en recursos —apelación y amparo— permite ofrecer revisiones rigurosas a un precio accesible.

Juicios oralesMaestría y práctica en audiencias
AmparoMaestría en amparo penal
Todo MéxicoElaboración a distancia en los 32 estados y oficina en Villahermosa
PrecioAccesible y justo
Opiniones

Lo que dicen clientes de la firma

★★★★★
No tengo palabras para agradecerle al abogado, cuando mi hijo estaba pasando en el peor momento de nuestras vidas, el Lic. Mario no solo fue excelente abogado si no un excelente ser humano, gracias a él y su conocimiento el dia de hoy mi hijo esta libre, se los recomiendo muchísimo, si buscas una opcion esta es la mejor opción 💜
Opinión en Google · septiembre 2026
★★★★★
Buenas tardes, para mi y mi esposo fue una bendición el contar con el apoyo del Lic. Mario, muy respetuoso, profesional, cumplido y eficaz en su trabajo como defensor, con mucha seguridad que impone y da mucha confianza, muy recomendado, díos le bendiga siempre. gracias, gracias.
Opinión en Google · julio 2026
★★★★★
A veces uno cree que todos los abogados son malos 😅 de hecho primero contratamos a uno que no nos convenció, gracias al universo, Mario nos pudo atender nos orientó, ayudó y logró que mi hijo saliera absuelto, eternamente agradecida 🙌
Opinión en Google · diciembre 2025

Opiniones reales publicadas en Google sobre la defensa penal de la firma; se omiten los nombres de quienes las escribieron. Ver todas en Google.

Honorarios

Precio accesible y justo, sin letras chiquitas

Cotización al comunicarte tras la revisión. El juicio de amparo no cobra costas: lo que se paga son honorarios. Qué se paga y qué no.

Precio accesible y justo

Apelación penal

Elaboración del escrito de agravios

Cotización al comunicarte tras la revisión

Precio accesible y justo

Amparo indirecto

Elaboración de la demanda ante Juez de Distrito

Cotización al comunicarte tras la revisión

Precio accesible y justo

Amparo directo

Elaboración de conceptos de violación

Cotización al comunicarte tras la revisión

Preguntas frecuentes

Mi familiar está en prisión con sentencia, ¿todavía se puede hacer algo?

Depende de en qué punto está el caso. Si la apelación confirmó la condena y la pena es de prisión, procede el amparo directo hasta 8 años después de notificada (art. 17, fr. II, Ley de Amparo). Si la sentencia ya es firme, pueden proceder el reconocimiento de inocencia, la anulación por una ley más favorable o los beneficios de ejecución. Ver qué se puede hacer todavía.

¿Qué es el amparo penal?

Es el juicio de amparo aplicado a actos de un procedimiento penal: un Juez de Distrito o un Tribunal Colegiado revisa si una orden de aprehensión, una detención, una vinculación a proceso, una medida cautelar o una sentencia violó derechos humanos y, si así fue, la deja sin efectos (arts. 103 y 107 constitucionales; Ley de Amparo). Ver la guía completa del juicio de amparo.

Mi sentencia se confirmó hace tiempo, ¿todavía puedo promover amparo directo?

Si la sentencia es condenatoria e impone prisión, la Ley de Amparo permite promoverlo hasta 8 años después de notificada (art. 17, fr. II), siempre que no se haya promovido antes contra esa sentencia. En materia penal pueden plantearse violaciones del procedimiento aunque no se hayan reclamado en el juicio (art. 171). Ver amparo directo penal.

¿Conviene amparo o apelación contra la vinculación a proceso?

Hay dos caminos: apelación en 3 días hábiles o amparo indirecto en 15, sin apelar antes (art. 61, fr. XVIII, inciso d, Ley de Amparo); no conviene tramitar ambos a la vez. Si ya vencieron los días para apelar, el amparo puede seguir abierto. Ver cómo elegir.

¿Todavía puedo hacer algo si ya me dictaron sentencia?

En muchos casos sí. Después de una sentencia condenatoria puede proceder la apelación (3 días hábiles para un auto, 10 para una sentencia de juicio oral) y, si se confirma, el amparo directo ante un Tribunal Colegiado. La ley de amparo permite promoverlo hasta en 8 años contra sentencias condenatorias con pena de prisión, aunque no conviene esperar (art. 17, fr. II).

¿Cuántos días tengo para apelar?

Tres días hábiles para apelar un auto (como la vinculación a proceso) y diez para una sentencia de juicio oral (art. 471 CNPP). En justicia para adolescentes los plazos son propios (art. 172 LNSIJPA).

¿Cuál es el plazo para el amparo?

La regla general es de 15 días hábiles (art. 17 Ley de Amparo). Contra sentencias condenatorias con prisión, hasta 8 años; y en actos que ataquen la libertad personal fuera de procedimiento (amparo indirecto), en cualquier tiempo.

¿Tengo que cambiar de abogado?

No. El servicio consiste en la elaboración del recurso de impugnación por un abogado penalista con experiencia. No implica representación en tu asunto: conservas a tu abogado actual (incluso si es defensor público) y el recurso lo firma la persona interesada, imputado o víctima, lo cual coordinamos contigo.

¿Y si mi defensor público no apeló?

El imputado puede presentar su propio recurso de apelación por propio derecho, firmado por él mismo, mientras el plazo siga corriendo (3 días hábiles para un auto; 10 para una sentencia de juicio oral), y el sentenciado puede promover después amparo directo. El servicio aporta la experiencia para identificar las violaciones procesales o constitucionales que permitan revertir el fallo, y elabora el recurso.

¿Y si mi asesor jurídico no recurrió?

La víctima u ofendido puede actuar por sí misma (art. 110 CNPP): presentar su propio recurso de apelación (3 días hábiles para un auto; 10 para una sentencia de juicio oral) y promover amparo directo contra la sentencia (15 días hábiles, art. 170 y 17 Ley de Amparo). El servicio identifica las violaciones que permitan revertir el fallo y elabora el recurso.

¿La víctima también puede apelar o pedir amparo?

Sí. La víctima u ofendido puede interponer recursos (art. 109 CNPP), actuar por sí o con asesor jurídico (art. 110) y promover amparo directo contra sentencias (art. 170 Ley de Amparo).

¿Cuánto cuesta y cuánto tardan en elaborar el recurso?

El juicio de amparo no cobra costas; lo que se paga son honorarios. Te damos una cotización accesible y justa al comunicarte, tras la revisión de tu caso, y como los plazos son cortos se empieza a trabajar de inmediato. Ver cuánto cuesta un amparo penal.

¿Atienden en todo México?

Sí. La Ley de Amparo es federal y el CNPP es nacional, así que las reglas son las mismas en los 32 estados. El recurso se elabora a distancia: nos envías por WhatsApp la resolución y, si la hay, la grabación de la audiencia, y la firma y la presentación —en línea o por escrito— se coordinan contigo. En Tabasco también atendemos en la oficina de Villahermosa.

¿Una sentencia o una resolución en contra? Revisemos tu caso a tiempo.

Envíanos la resolución o una foto, la fecha de notificación y el número de causa, desde cualquier estado. Te decimos si procede amparo o apelación y cuál es tu plazo.

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