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¿Cuánto cuesta un amparo penal? Lo que es gratis y lo que se paga

Actualizado: 28 de octubre de 2026Lectura: 3 min
Respuesta corta

El juicio de amparo no cobra derechos ni costas judiciales: la justicia es gratuita (art. 17 constitucional) y las copias certificadas para el amparo no causan contribución (art. 3 Ley de Amparo). Lo que se paga son los honorarios de quien elabora la demanda, que dependen del acto que se reclama, del volumen del expediente y de la urgencia. En AmparoPenal.com te damos una cotización accesible y justa por WhatsApp, después de revisar tu caso.

Lo que no se paga

Lo que sí se paga

ConceptoDe qué depende
Honorarios por elaborar la demandaTipo de amparo (indirecto o directo), volumen de audiencias y documentos que hay que revisar, número de violaciones que plantear y urgencia. El amparo directo, que revisa el juicio completo, es el trabajo más extenso.
Garantía de la suspensión, cuando el juez la fijaEn ciertos amparos indirectos que afectan la libertad, el juez la fija según el delito, tu situación económica y el riesgo de sustracción (art. 168). No son honorarios: se exhibe ante el juzgado.
Recurso de revisión, si hace faltaSi la sentencia es desfavorable, el recurso se presenta en 10 días (art. 86) y se cotiza aparte

Por qué no publicamos un precio único

Dos amparos directos contra «una sentencia condenatoria» pueden ser trabajos muy distintos: uno con una sentencia breve, otro con días de audiencias de juicio y un expediente voluminoso. Publicar un precio único obligaría a cobrar de más en los sencillos o a hacer de menos en los complejos. Preferimos revisar primero y darte una cotización accesible y justa, por escrito, antes de empezar.

Qué incluye nuestra cotización

El servicio es la elaboración del recurso: no tienes que cambiar de abogado (así funciona).

Cómo pedir tu cotización

  1. Escríbenos por WhatsApp con lo que tengas: la resolución o una foto, la fecha, la ciudad y el delito.
  2. Revisamos y te enviamos la cotización.
  3. Si la aceptas, empezamos de inmediato: los plazos son cortos.

Preguntas frecuentes

¿El juicio de amparo es gratis?

Sí: los tribunales no cobran costas (art. 17 constitucional) y las copias certificadas para el amparo no causan contribución (art. 3 Ley de Amparo). Lo que se paga son honorarios profesionales.

¿Por qué no publican un precio único?

Porque cada amparo es distinto en actos, autoridades y volumen del expediente. Te damos una cotización accesible y justa después de revisar tu caso.

¿La garantía de la suspensión es parte de los honorarios?

No. Es una garantía que fija y recibe el juzgado en ciertos amparos indirectos que afectan la libertad (art. 168).

¿Cobran por revisar mi caso?

Te damos la cotización al comunicarte, tras la revisión de tu caso.

¿Una sentencia o una resolución en contra? Revisemos tu caso a tiempo.

Envíanos la resolución o una foto, la fecha de notificación y el número de causa, desde cualquier estado. Te decimos si procede amparo o apelación y cuál es tu plazo.

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