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Apelación penal

Plazos para apelar en materia penal: 3 y 10 días hábiles

Por Abogado titular de AmparoPenal.comActualizado: 28 de octubre de 20262 min de lectura
Respuesta corta

En el sistema penal acusatorio el plazo depende de la resolución: 3 días hábiles para apelar un auto (como la vinculación a proceso) y 10 días hábiles para la sentencia del Tribunal de enjuiciamiento (art. 471 CNPP).

Tabla de plazos de apelación (adultos)

Resolución que se impugnaPlazoAnte quién se presentaFundamento
Auto o cualquier otra providencia del Juez de control (vinculación a proceso, medidas cautelares, etc.)3 díasEl mismo Juez que dictó la resoluciónArt. 471, párr. 1
Sentencia definitiva del Juez de control (procedimiento abreviado)5 díasEl mismo JuezArt. 471, párr. 1
Desistimiento de la acción penal por el Ministerio Público3 díasEl Tribunal de enjuiciamientoArt. 471, párr. 2
Sentencia definitiva del Tribunal de enjuiciamiento (juicio oral)10 díasEl Tribunal que conoció del juicioArt. 471, párr. 2

¿Desde cuándo se cuentan?

El artículo 471 habla de días contados a partir de aquel en el que surta efectos la notificación. Y el artículo 94 del CNPP aclara que no se computan sábados, domingos ni días inhábiles. Por eso la fecha exacta importa: un día de diferencia puede decidir si el recurso se admite o se desecha como extemporáneo (art. 470, fr. I).

Ojo con la forma. El recurso se presenta por escrito y los agravios deben expresarse en ese mismo escrito (art. 471). Un escrito sin agravios o sin peticiones concretas también puede declararse inadmisible (art. 470, fr. IV).

Qué hacer apenas te notifican

  1. Anota la fecha y hora exactas de la notificación (audiencia, estrado, domicilio o medio electrónico).
  2. Pide copia del registro de audio y video de la audiencia: el art. 469 permite solicitarla inmediatamente después de pronunciada la resolución.
  3. Calcula tu fecha límite con la calculadora de plazos y asegúrate de que un abogado la confirme.
  4. Escríbenos de inmediato: elaboramos tu recurso sin que cambies de abogado (cómo funciona).

¿Y si el plazo ya venció?

La apelación ya no procede, pero según las circunstancias de tu asunto puede proceder otro recurso con un plazo distinto. Revisa el caso lo antes posible: contra sentencias condenatorias, por ejemplo, el amparo directo tiene plazos propios.

Preguntas frecuentes

¿Los días para apelar son hábiles o naturales?

Son días hábiles: el art. 94 del CNPP señala que no se computan sábados, domingos ni días inhábiles, con excepciones para actos como la vinculación a proceso o las medidas cautelares en sede de primera instancia.

¿Cuántos días tengo para apelar una vinculación a proceso?

Tres días contados a partir de que surta efectos la notificación del auto (art. 471 CNPP). El auto que resuelve la vinculación o no vinculación es apelable conforme al art. 467, fr. VII.

¿Dónde se presenta el recurso de apelación?

Ante el mismo Juez que dictó la resolución si es del Juez de control, o ante el Tribunal que conoció del juicio si es una sentencia del Tribunal de enjuiciamiento; después se remite al Tribunal de alzada.

¿Una sentencia o una resolución en contra? Revisemos tu caso a tiempo.

Envíanos la resolución o una foto, la fecha de notificación y el número de causa, desde cualquier estado. Te decimos si procede amparo o apelación y cuál es tu plazo.

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